
La empresa le habí imputado llevarse documentación para casa y retrasar el ingreso de la recaudación de un espetáculo. Pero el magistrado considera que tales cargos carecen de la prueba suficiente como para amparar la máxima sanción.
La trabajadora, según el fallo, deberá ser reintegrada en su puesto o indemnizada con 10.780 euros. La sentencia no obstante es recurrible.
Fuente: La Voz de Galicia, Sabado 30 de Abril de 2011
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